Normativa para Coch...
 
Avisos
Vaciar todo

Normativa para Coches Clásicos Al fin !!

40 Respuestas
15 Usuarios
1 Reacciones
2,521 Visitas
(@yagolo)
Maestro LandRovero Socio
Registrado: hace 19 años
Respuestas: 2549
 

Hola.

A ver, varias cosas, desde el desconocimiento que tenemos de esta norma tan nueva.

A los vehículos que ya eran históricos se les aplica el nuevo reglamento, ya que el anterior queda derogado.

La limitación de uso es por 96 días al año, pero no se mencionan kilómetros. Esa, la de los kilómetros, es una limitación contractual de los seguros.

Lo que pone estrictamente la norma es que se permiten modificaciones que fueran habituales en la época y hasta 15 años después de la fabricación del coche, y eso se deberá certificar a través de los laboratorios. A un coche modificado se le deberá aplicar la catalogación de tipo B, es decir, pasar por laboratorio. A los coches de serie se les aplica la catalogación tipo A (sólo pedir el trámite en la DGT).

Un saludo.



   
ResponderCitar
telemaco4x4
(@telemaco4x4)
Maestro LandRovero Socio
Registrado: hace 11 años
Respuestas: 3305
 

la norma es que se permiten modificaciones que fueran habituales en la época y hasta 15 años después de la fabricación del coche, y eso se deberá certificar a través de los laboratorios. A un coche modificado se le deberá aplicar la catalogación de tipo B, es decir, pasar por laboratorio. A los coches de serie se les aplica la catalogación tipo A (sólo pedir el trámite en la DGT).

Un saludo.

Eso seria lo mas logico, pero no se si realmente es asi, porque ya hay movimientos en otros clubs que estan recopilando material sobre el asunto de las modificaciones para poder certificarlas como clubs. Realmente no se si con eso y la declaracion responsabe valdria, y la catalogacion tipo B sea la destinada a verificar transformaciones que no sean de epoca. Tendremos que volver a leerlo bien y esperar un poco mas de tiempo a ver por donde van los tiros.



   
ResponderCitar
(@yagolo)
Maestro LandRovero Socio
Registrado: hace 19 años
Respuestas: 2549
 

Hola.

Pues releyendo veo que en vehículos con reformas habituales de la época, se les aplica el tipo A, pero adjuntando un certificado de una entidad relacionada con vehículos históricos (un club, asociación o museo) o una entidad de verificación (el antiguo laboratorio). O sea, sigue siendo mucho más sencillo.

Un saludo.



   
ResponderCitar
(@kepilla)
Entendido en LR Socio
Registrado: hace 8 años
Respuestas: 1187
 

Y en el Artículo 2. Definiciones encuentras la definición de "Entidad Relacionada con vehículos históricos"

6. Entidad Relacionada con Vehículos Históricos: entidad legalmente constituida cuyos fines estatutarios sean los de preservar, proteger y promover el Patrimonio Histórico de Automoción fomentando el uso y la conservación de los vehículos históricos.

(Y llevo media hora tratando de ver si nuestros estatutos contemplan este fín... pero no los encuentro!)



   
ResponderCitar
Espectador
(@espectador)
Dr. LandRovero Socio
Registrado: hace 9 años
Respuestas: 7567
 

¡¡Como para una prisa!! me he estado leyendo post de hace diez años y curiosidades de hace casi veinte, pero no los encuentro en la Web.
Como soy un poco maniático, los tengo guardados:



   
ResponderCitar
Espectador
(@espectador)
Dr. LandRovero Socio
Registrado: hace 9 años
Respuestas: 7567
 

Un artículo muy completo que nos manda Alcontar team. Gracias, Javier.
https://www.escuderia.com/ya-conocemos-toda-la-documentacion-necesaria-para-el-cambio-de-servicio-a-historico-de-tu-coche-clasico/



   
ResponderCitar
(@rr200tdi93)
Iniciado en LR Registered
Registrado: hace 2 años
Respuestas: 36
 

Hola a todos, entonces según mi precario entender, la bola de remolque que instalé entonces RR y lógicamente está homologada, en el nuevo reglamento no tendría que quitarla no ?? Gracias. Saludos



   
ResponderCitar
(@red110)
Maestro LandRovero Socio
Registrado: hace 17 años
Respuestas: 2972
 

Hola.

A ver, varias cosas, desde el desconocimiento que tenemos de esta norma tan nueva.

A los vehículos que ya eran históricos se les aplica el nuevo reglamento, ya que el anterior queda derogado.

La limitación de uso es por 96 días al año, pero no se mencionan kilómetros. Esa, la de los kilómetros, es una limitación contractual de los seguros.

Lo que pone estrictamente la norma es que se permiten modificaciones que fueran habituales en la época y hasta 15 años después de la fabricación del coche, y eso se deberá certificar a través de los laboratorios. A un coche modificado se le deberá aplicar la catalogación de tipo B, es decir, pasar por laboratorio. A los coches de serie se les aplica la catalogación tipo A (sólo pedir el trámite en la DGT).

Un saludo.

Creo que la norma habla de 15 años “Desde la fecha en la que cesa la produccion del vehiculo”
Seria mucho mas favorable para nosotros



   
ResponderCitar
(@rafa_ath)
Iniciado en LR Registered
Registrado: hace 2 años
Respuestas: 5
 

Buenos días, ya esta disponible el nuevo trámite en la sede de la DGT al parecer parece bastante simple, sería de ayuda si alguien lo realiza que nos informe de si se lo aprueban o le ponen alguna traba, yo lo realizaré en cuanto consiga pasarle la ITV a mi Super 88.

Un saludo.



   
ResponderCitar
MRx4
 MRx4
(@mrx4)
Dr. H. C. LR Socio
Registrado: hace 19 años
Respuestas: 14896
Iniciador del debate  

Alguno se ha animado a iniciar un proceso de "Cocheclasicacion"
que comparta experiencias o comente para corregir errores :???

Teoricamente se ha abierto la veda :88:



   
ResponderCitar
(@amiguelz)
Entendido en LR Registered
Registrado: hace 16 años
Respuestas: 967
 

Un coche histórico además de tener 30 años se han de dar varias circunstancias.

La primera es que no esté en fabricación, es decir un Lada Niva de 1990 no se podrá hacer histórico. Yo con este punto discrepo con la nueva normativa.

La segunda es que el coche esté en estado original, es decir nada de tunning o cosas raras, salvo las que se pudiesen hacer en la época. Me parece algo razonable, disfrazar al Seat 600D de Fiat Abarth con un kit de fibra es una falsificación.

El tercer caso es que el coche debe estar en buen estado. Un Santana viejo lleno de agujeros, humeante, bollos, etc, .... no es un coche histórico. Para que sea histórico hay que "restaurarlo". Aquí dejan una ambiguedad, pues para uno estará en perfecto estado y para otro no.

El vehículo histórico no se podrá utlizar para trabajo, ni para fines comerciales (salvo alquiler en eventos, rodaje de películas, ...). Llevar leña con un vehículo histórico es una contradicción. Quien lo hace es porque tiene un coche viejo, no histórico. Un Land Rover Serie histórico tiene un precio suficientemente elevado como para que no se utilice para esos menesteres. Tampoco se puede usar para labranza normal un tractor Barreiros pasado a histórico, ni un camión Ebro para hacer mudanzas profesionales, ....

Y personalmente prefiero que la normativa sea estricta, para que quien tenga un vehículo histórico lo cuide como si es una pieza de museo. Limitar el uso a 96 días, pues la verdad, no creo que afecte a nadie, puesto que los vehículos históricos se pasan la mayor parte del tiempo en una cochera tapada con una lona.

Si un Seat Toledo o no es histórico, pues cuestión de tiempo. Si está bien cuidado y original ¿por qué no?

Como no soy muy bueno expresandome, el siguiente coche no creo que haya nadie que lo use para llevar leña a lo bruto.

Vehículo Histórico

En cambio el siguiente, si no se restaura es simplemente un coche viejo. Restaurado será histórico. La dificultad es ver en que punto, medio restaurado, esta la frontera entre viejo e histórico.

Vehículo viejo



   
ResponderCitar
(@amiguelz)
Entendido en LR Registered
Registrado: hace 16 años
Respuestas: 967
 

Es cuestión de tiempo que haya cámaras que envíen los datos al momento. La misma cámara que lee matriculas para multar por exceso de velocidad puede mirar si el coche está pendiente de pago, sin ITV, apuntarte un día de uso, ...

Es un poco absurdo poner días, pues yo puedo ir a comprar todos los días el pan que está a 1Km de mi casa o dar la vuelta a España en 96 días.



   
ResponderCitar
MRx4
 MRx4
(@mrx4)
Dr. H. C. LR Socio
Registrado: hace 19 años
Respuestas: 14896
Iniciador del debate  

Este video puede ser interesante

https://www.youtube.com/live/lB3TmnyFZUQ



   
ResponderCitar
(@vnuelas)
Iniciado en LR Registered
Registrado: hace 5 meses
Respuestas: 6
 

Ayer quise hacer la reseña de como el Santana 2,5B DL del 92 se ha convertido en hitorico, pero, por misterios de los bits, bytes, chips y otras zarandajas, no salio. Vuelvo a la carga con mas informacion ( ITV pasada ) : Ayer lunes me presente en la Jefatura Provincial de Trafico de Guadalajara con cuatro fotos del Santana ( una por cada lado ), el Permiso de Circulacion, DNI y dos impresos faciles de rellenar (" Impreso de Solicitud de Cambio de Servicio a Vehiculo Historico" y "Declaracion Responsable para la Solicitud de Matricula Historica", se pueden obtener por internet ). Tras pagar algo menos de 21 euros me devuelven un nuevo Permiso de Circulacion igual al anterior, pero con la anotacion en la casilla (D.4) PARTICULAR-VEHICULO HISTORICO. Total menos de 10 minutos y el vehiculo ya es historico. Esta tarde ha pasado por la ITV como un campeon y hasta dentro de 2 años, antes era cada 6 meses. Anotar que tiene un enganche bola/bulon, eso si, incluido en la Ficha.



   
ResponderCitar
(@rafa_ath)
Iniciado en LR Registered
Registrado: hace 2 años
Respuestas: 5
 

Muchas gracias!¿entiendo que tu santana tenía la ITV en vigor y posteriormente la volviste a pasar ya para dos años? Ya que creo que uno de los requisitos es que la ITV esté en vigor para realizar el trámite, creo que tal como lo cuentas recomiendas el trámite presencial para hacerlo al momento??

Muchas gracias por la información un saludo.!!



   
ResponderCitar
Página 2 / 3
Compartir: