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Seguro del land rover. O como asegurar un hierro sin valor.
Desencantado.
Es como me siento ahora mismo, despues de conseguir un seguro para el disco por un precio muy bueno y con cobreturas normales tirando a buenas.
Resulta que voy a pagar 180 € por un terceros con lunas, asistencia del race incluida desde km 0, y atropello de especies cinegeticas, lo cual no me parece mal.
Pero comentando con el que me atendia sobre la posibilidad de incluir los accesorios nuevos, me dice que como no tengo daños propios, que da igual, a lo que le respondo que si, pero que en caso de daños con culpa de un tercero, para reclamar el coste de los extras.
Me dicen que en el momento que en caso de siniestro el montante de la reparacion supere el 60% del valor venal, ya me idemnizan por dicho valor venal.
El limite que cubre el seguro de atropello de animales son 6000 € que en ningun caso pueden exceder del valor venal....
Miro el valor venal de mi coche y son 1600 € :'( :'(
Que seria lo maximo que conseguiria en caso de que algun cabron me la lie y me deje el coche facilmente colocado en el borde del baremo de siniestro total.
Que no llega ni de coña al importe que me acabo de gastar para montar cuatro chorradas y homologarlas.
Yo, que tengo un coche que puede durarme tranquilamente otros 24 años, sin comerlo ni beberlo me puedo encontrar de un dia para otro que, sin tener culpa de nada, me encuentro con 1600 € para volver a comprarme un discovery de segunda mano....
Desde que las compañias de seguros aplican esos convenios que no recuerdo ahora como se llaman, pero que pactan que cada aseguradora corre con los gastos del siniestro de su propio asegurado y a final de año hacen balance, no de dinero, sino de partes, la cosa va de culo y cuesta abajo.
Y no dire nada de los abogados de la compañia que supuestamente defienden tus intereses.....
Yo le plantee la misma duda a mi corredor de Zurich tras reparar el 88.
Y me comentó el caso de un cliente suyo que le dejaron un R5 Turbo inmaculado para la chatarra. Me comentó que no hubo ningún problema, que con las fotos que tenía del coche, de la restauración, las facturas y demás, le pagaron lo que el coche valía en el mercado de segunda mano.
Por tanto, yo te recomiendo que saques fotos de tu coche y busques un corredor que te entienda.
hay aseguradoras de clásicos que te lo aseguran por el valor que les indiques por robo o siniestro,y no se disparan de lo que puede ser un coste de un seguro normal a terceros.Claro no es lo mismo 10.000e que 100.000e.
la nombraría, pero puede parecer que estoy haciendo publicidad, pero buscando un poco por san google aparecen sin complicaciones.
Puedes decir sin problema que aseguradora es.....igual que cuando se habla de alguna tienda.
Un saludo.
En los seguros a terceros no hay convenio, tu reclamas al otro (suponiendo que sea culpable) y pagará lo que diga el Sr. Juez. Si lo documentas bien puede ser mucho más que el valor venal.
pues es la aseguradora de Sergio Romagosa imagino que otras aseguradoras que se dedican a los clasicos te dan esa opción tambien
En los seguros a terceros no hay convenio, tu reclamas al otro (suponiendo que sea culpable) y pagará lo que diga el Sr. Juez. Si lo documentas bien puede ser mucho más que el valor venal.
Estas seguro? Me quitas un peso de encima.....
Yo tengo mi defender asegurado en allianz a todo riesgo y tengo accesorios asegurados por valor de 12.000 euros. Y recogida de vehículo en toda Europa y medio África. Miratelo que no es caro para lo que cubre. Creo recordar pago sobre 600 euros
Desencantado.
Es como me siento ahora mismo, despues de conseguir un seguro para el disco por un precio muy bueno y con cobreturas normales tirando a buenas.
Resulta que voy a pagar 180 € por un terceros con lunas, asistencia del race incluida desde km 0, y atropello de especies cinegeticas, lo cual no me parece mal.
Pero comentando con el que me atendia sobre la posibilidad de incluir los accesorios nuevos, me dice que como no tengo daños propios, que da igual, a lo que le respondo que si, pero que en caso de daños con culpa de un tercero, para reclamar el coste de los extras.
Me dicen que en el momento que en caso de siniestro el montante de la reparacion supere el 60% del valor venal, ya me idemnizan por dicho valor venal.
El limite que cubre el seguro de atropello de animales son 6000 € que en ningun caso pueden exceder del valor venal....
Miro el valor venal de mi coche y son 1600 € :'( :'(
Que seria lo maximo que conseguiria en caso de que algun cabron me la lie y me deje el coche facilmente colocado en el borde del baremo de siniestro total.
Que no llega ni de coña al importe que me acabo de gastar para montar cuatro chorradas y homologarlas.
Yo, que tengo un coche que puede durarme tranquilamente otros 24 años, sin comerlo ni beberlo me puedo encontrar de un dia para otro que, sin tener culpa de nada, me encuentro con 1600 € para volver a comprarme un discovery de segunda mano....
Desde que las compañias de seguros aplican esos convenios que no recuerdo ahora como se llaman, pero que pactan que cada aseguradora corre con los gastos del siniestro de su propio asegurado y a final de año hacen balance, no de dinero, sino de partes, la cosa va de culo y cuesta abajo.
Y no dire nada de los abogados de la compañia que supuestamente defienden tus intereses.....
Buenas. Hacía días que no entraba en el foro General y no había descubierto este hilo. A ver si puedo dar un poco de luz a todo esto que habéis comentado.
Telemaco4x4, el desencanto que indicas tener es comprensible pero la opción de aceptar determinados riesgos o coberturas por las aseguradoras es de éstas últimas. Como toda transacción comercial se pueden ofrecer más o menos coberturas con mayor o menor coste. Te pongo un ejemplo: dos bares te sirven el mismo desayuno en distintos días pero uno es más económico que el otro. El error que muchos cometemos es reducir a lo más básico nuestro favoritismo por uno o por otro y lo más básico es el coste del desayuno. Si nos preguntáramos el por qué de esa diferencia del precio tal vez veríamos que en uno la tortilla es de 1 huevo y en el otro de 2; en uno te ponen unas aceitunas para acompañar el bocadillo y en el otro no; en uno te lo sirven en una servilleta, en el otro en un plato con una servilleta de doble capa y con un cuchillo y un tenedor… Con ello quiero decir que si lo que buscas es un conjunto de cosas no debes aceptar lo que puede ser que quieras pero que en realidad no cumple con tus necesidades o expectativas.
Bajo mi parecer, y no te molestes por favor, creo que tu planteamiento de contratar el seguro era claro pero la gestión de compra no fue todo lo acertada que podía ser. Es decir, tenías claro lo que querías contratar (un seguro a terceros, con asistencia en viaje desde la puerta de tu casa, los cristales y los accesorios que has incorporado a tu querido Discovery) pero, imagino, que la información trasladada al vendedor no debió ser lo suficientemente clara desde el inicio ya que, si le hubieras indicado tu intención de asegurar esos accesorios, antes de darte precio, debería haberte informado de que no tendrías cobertura directa sobre ellos.
Y eso, en la gran mayoría de las aseguradoras españolas, es así a menos que contrates coberturas específicas de daños propios (todo riesgo, pérdida total, robo, incendio) del vehículo y hagas acopio explícito de cuáles son los accesorios incorporados no de serie en el vehículo así como su coste.
En cuanto al tema del valor venal y la cobertura de daños producidos por animales cinegéticos decirte que siempre impera el texto del condicionado general de la póliza por lo que, aunque tengas un límite máximo de cobertura de 6.000 €, es eso, un límite máximo, por lo que ante unos daños cuantiosos, sean de la índole que sean, SIEMPRE PREVALECERÁ el valor venal del vehículo. Así que lo que te comentó el vendedor es correcto. Tal vez la explicación no fue lo más acertada pero el fondo de la explicación es correcto (falló la forma en dártela).
Ten en cuenta que estás decepcionado con el hecho de que puedes encontrarte en la tesitura de no cobrar el total de una reparación en la que EL RESPONSABLE ES UN TERCERO y esa pérdida económica es debida a que el paso del tiempo devalúa el valor de las bienes que tienen uso y, como no va a ser distinto, de nuestros amados hierros.
Si ese siniestro no afecta a los accesorios instalados y tu Discovery sufre un impacto por el que es declarado siniestro total ¿seguirías decepcionado con el seguro contratado? No me mal interpretes, no estoy en tu contra, sólo intento hacerte ver que del blanco al negro hay varios tonos de grises.
Además, si tuvieras el accidente sólo y tuvieras que desembolsar más de esos 1.600 € comentados para reparar tu coche ¿no te plantearías el no repararlo? Insisto, no es en tu contra.
El tema de que las aseguradoras apliquen estos valores, que todos hemos oído en alguna ocasión (siniestro total, valor venal, valor de reposición, restos, valor de mercado, reparación antieconómica), es porque en los juzgados también se aplican, con los mismos criterios. Ahora bien, en sede judicial prevalece el hecho de que al perjudicado se le debe resarcir en los perjuicios causados sin que este pueda tener un lucro por ello por lo que, en los casos de desacuerdo en la transacción amistosa del importe a indemnizar, se tiende a minimizar la pérdida económica sufrida mientras que las aseguradoras, de acuerdo con el contenido del condicionado general de la póliza, aplican lo que allí establece y que suele ser el valor venal del vehículo (el valor que tendría el coche un momento antes de sufrir el siniestro) quitándole el valor de los restos (el valor del coche una vez ha sufrido los daños) puesto que el vehículo dañado seguiría siendo propiedad de su titular.
Y esto ha sido así de toda la vida (al menos la mía) y no desde que se aplican convenios entre aseguradoras.
Los convenios a los que te refieres, imagino, son los antiguos CIDE y ASCIDE que, actualmente, están unificados en el convenio CICOS. Además hay otros convenios que no se rigen por las normas de estos (convenio SDM, por ejemplo) y que corresponden a la tramitación de otro tipo de casuísticas de accidentes de circulación, amén de los convenios con centros sanitarios y otros proveedores de seguros.
Entiendo que es al convenio CICOS al que te refieres en tu escrito. Si es así, lo lamento pero la información que indicas tiene algo de correcto pero bastante de erróneo (evidentemente no estás en la obligación de conocer el contenido de dicho convenio) por lo que intento aclararte cómo funciona para que puedas tener conocimiento de cómo actuar si tienes la desgracia de sufrir un percance. Este convenio se rige exclusivamente para siniestros en que los involucrados son 2 coches y en el que se producen daños materiales (los posibles daños corporales quedan excluidos de la tramitación de este convenio). De forma muy sucinta y ligera te cuento cómo funciona: la aseguradora del presunto inocente formula una reclamación telemática a la presunta aseguradora del responsable (no me voy a alargar contando las siguientes gestiones que no tienen valor a lo que aquí contamos) y una vez esta última acepta esa reclamación, la aseguradora del perjudicado puede proceder a indemnizar la reparación del vehículo de su representado y, una vez hecho esto, reclama el abono a la compañía del responsable un módulo (el Coste Medio Sectorial). Para todo este trámite hay unos plazos máximos de días que las aseguradoras deben respetar obligatoriamente y, en caso contrario, se les aplica la máxima de quien calla otorga; así el perjudicado tiene la certeza de que en pocos días debería tener solventado el tema y sólo depender del acuerdo económico perito y taller.
Este módulo es un importe fijo por siniestro deudor aceptado por las aseguradoras que están adheridas al convenio CICOS. A tener en cuenta que anualmente se estudia si este valor debe variar (incremento o reducción del mismo).
Si analizamos un poco todo esto nos damos cuenta de que si los daños del vehículo perjudicado son inferiores al valor del módulo, la aseguradora del inocente tendrá un “beneficio” - menor gasto (reparación) contra mayor cobro (módulo) - con ese siniestro mientras que si es a la inversa tendrá una “pérdida” al abonar más dinero a su cliente (o al taller que repare el coche) que el importe que recibirá de la aseguradora responsable.
Y con esto llegamos a los casos de reparaciones cuantiosas en vehículos con cierta antigüedad, en los que el asegurado perjudicado debe negociar por ser resarcido por los daños sufridos pero con la salvedad de que NO LO HARÁ CON LA PARTE ADVERSA, lo deberá hacer CON SU PROPIA ASEGURADORA.
Y ahora te planteo lo siguiente ¿Es mejor poder gestionar esto con tu aseguradora o con la adversa? Estarás conmigo que mejor con la propia aseguradora puesto que tu agente de seguros, tu mediador, etc. es el nexo que tienes con la misma. Si este profesional realmente tiene experiencia y sabe cuál es su trabajo, te dará soluciones o información para que puedas tomar la mejor decisión en defensa de tus intereses. Con ello no quiero decir que tenga la llave para conseguirte todo lo que quieras o que te indemnicen todos los daños a valor de nuevo pero sí debería poderte ayudar para minimizar en lo posible que salgas perjudicado.
Ahora bien, en tu caso (y el de muchos de nosotros), tal y como tienes ahora el vehículo y el seguro contratado ¿cómo debes afrontar un siniestro según responsabilidad y/o tipología del mismo ante un caso de que sean 2 vehículos involucrados y que ambas aseguradoras estén adheridas al convenio CICOS? Intentaré ayudarte, a ver si sé explicarme sin entrar en tecnicismos:
1) Si la responsabilidad es tuya debes hacer frente tú al importe de los daños de tu vehículo, sean directamente sobre el mismo o los accesorios incorporados.
2) Si la responsabilidad es del adverso y los daños sufridos no son cuantiosos (no es de aplicación la regla del siniestro total) y los accesorios no han sido afectados, no debería haber problema alguno.
3) Idéntico caso al anterior pero en el que se dañan accesorios incorporados. Tal y como te explicó tu proveedor de seguros, no los tendrías cubiertos puesto que no forman parte del vehículo tal y como salió de fábrica y sin sobre coste al precio base del vehículo. Esto no quiere decir que no puedas reclamarlos: serás resarcido económicamente de los daños del vehículo por tu propia aseguradora de acuerdo con el contenido del convenio CICOS pero los daños a los accesorios tu aseguradora los deberá reclamar a la compañía responsable como daños no sujetos al convenio (es decir, como antaño, antes de que aparecieran estos convenios).
4) Si la responsabilidad es del adverso, los daños sufridos son cuantiosos pero no afectan a los accesorios: la solución es idéntica en todos los casos, sea o no de aplicación el convenio CICOS, lo único que variará es quién te hace el pago para resarcirte, tu propia aseguradora si es aplicable el convenio, la adversa si no lo es.
5) Idéntico al anterior pero con daños a los accesorios. Más de lo mismo que en el apartado anterior; en este caso existe el posible agravante que esos accesorios pueden provocar que al coche se le pueda considerar siniestro total según el valor de los mismos según el criterio que aplique el perito tasador.
Para acabar, si un vehículo es declarado siniestro total (ver lo que dice el condicionado general de la póliza: normalmente se considera siniestro total cuando los daños superan el 75 % del valor venal del vehículo) y quieres llegar hasta el último paso para conseguir lo que entiendes que deberías percibir en concepto de indemnización, puedes optar por varias estrategias:
1) Aceptar sin más lo que te ofrecen.
2) Reclamar que te reparen el vehículo.
3) Reclamar un importe superior alegando indefensión por menoscabo.
A excepción del primer caso, los otros pueden tener diferentes vertientes y posibles soluciones según se desarrollen los hechos y el coste de los daños a percibir.
El supuesto 1 es al que te refieres como el de la decepción. Completamente de acuerdo y seguramente tendríamos la misma sensación ante esta situación.
En el supuesto 2 podríamos incluir aquellos casos que los daños sufridos por el vehículo son de cierta consideración y que entran ya en el contexto de un siniestro total (declarar un vehículo siniestro total no quiere decir que se deba retirar de la circulación o desguazar) pero que entre el valor venal y el importe total de la reparación no existe una diferencia importante. Normalmente las aseguradoras acaban aceptando el pagar el total de la reparación previa verificación de que realmente el vehículo se ha reparado.
También es viable que las aseguradoras asuman el total de la reparación en aquellos casos que ésta sea algo mayor pero con la particularidad de que los posibles recambios sean de aprovechamiento (eso que hacemos tan a menudo los landroveros).
Y, finalmente, en el supuesto 3 es aquel en que los daños de nuestro coche son mucho más elevados que el valor venal del mismo. Este sería el caso que indicas en el que te indemnizarían con 1.600 €.
Aquí entraría otra variable que es el valor de mercado del vehículo accidentado y que, cada vez más, las aseguradoras optan por ofrecer dicho importe al cliente perjudicado en lugar del valor venal menos los restos. Ese valor de mercado sería un precio acorde con otros vehículos como el siniestrado (marca, modelo y antigüedad) que están a la venta por particulares o profesionales del sector, por lo que con el importe indemnizado el asegurado perjudicado podría acceder a otro vehículo de las mismas características.
Espero que te sirva.
¡Ahí va! ¡Vaya tocho me ha salido!
Lo que yo digo...el mejor seguro el que menos cubre...por que al final solo cubren lo evidente y a duras penas.
Es como un tío jodido... ya sabes que lo es y no llevas sorpresas... 😛 😛 😛
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Desencantado.
Buenas. A ver si puedo dar un poco de luz a todo esto que habéis comentado.
Hay que tener la mente clara y lerlo varias veces para llegar a entenderlo bien. Como se ve que es un tema que dominas. Yo oigo campanas y no se donde suenan....
si le hubieras indicado tu intención de asegurar esos accesorios, antes de darte precio, debería haberte informado de que no tendrías cobertura directa sobre ellos.
Si lo hice, pero me dieron informacion erronea, ya que me atendieron dos personas diferentes.
Si ese siniestro no afecta a los accesorios instalados y tu Discovery sufre un impacto por el que es declarado siniestro total ¿seguirías decepcionado con el seguro contratado?
Si, no desvirtua para nada el desencantamiento.
Además, si tuvieras el accidente sólo y tuvieras que desembolsar más de esos 1.600 € comentados para reparar tu coche ¿no te plantearías el no repararlo?
Me plantearia el repararlo aunque no tuviese la idemnizacion del seguro. Ese es el problema.
Que no me sirve comprarme un land rover nuevo a estrenar. Me sirve el mio tal y como es, y si me dan otro igual con las mismas caracteristicas y en el mismo estado de uso y conservacion no diria ni pio. Y esto es aplicable con mayor motivo a mi R 12 historico de 45 años. Es insustituible, y entiendo que si el siniestro lo provoco yo y pierdo el coche, me tendre que gastar lo que tenga y pueda en poder ponerlo de nuevo en circulacion. Por eso mismo, si es otro el que me causa dicho perjuicio, aceptaria otro en las mismas condiciones, y como es imposible, lo repararia utilizando las piezas de aprovechamiento como dices, pero estaria en derecho de reclamar el dinero gastado en ello para volver a dejar las cosas como estaban antes del siniestro.
Es por lo que no estoy de acuerdo en el valor venal en estos casos. No son vehiculos viejos o chatarra rodante, y en muchos casos ya no pierden valor sino que lo mantienen e incluso lo aumentan en determinados casos.
En el supuesto 2 podríamos incluir aquellos casos que los daños sufridos por el vehículo son de cierta consideración y que entran ya en el contexto de un siniestro total (declarar un vehículo siniestro total no quiere decir que se deba retirar de la circulación o desguazar) pero que entre el valor venal y el importe total de la reparación no existe una diferencia importante. Normalmente las aseguradoras acaban aceptando el pagar el total de la reparación previa verificación de que realmente el vehículo se ha reparado.
También es viable que las aseguradoras asuman el total de la reparación en aquellos casos que ésta sea algo mayor pero con la particularidad de que los posibles recambios sean de aprovechamiento (eso que hacemos tan a menudo los landroveros).
Es precisamente lo que intentaria conseguir....
Y, finalmente, en el supuesto 3 es aquel en que los daños de nuestro coche son mucho más elevados que el valor venal del mismo. Este sería el caso que indicas en el que te indemnizarían con 1.600 €.
Aquí entraría otra variable que es el valor de mercado del vehículo accidentado y que, cada vez más, las aseguradoras optan por ofrecer dicho importe al cliente perjudicado en lugar del valor venal menos los restos. Ese valor de mercado sería un precio acorde con otros vehículos como el siniestrado (marca, modelo y antigüedad) que están a la venta por particulares o profesionales del sector, por lo que con el importe indemnizado el asegurado perjudicado podría acceder a otro vehículo de las mismas características.
Esto, con matices, podria tener un pase.
Pues nada, decirte que ya me han quedado mas claras algunas cosas sobre estos temas, aunque en caso de litigios, ya por experiencia, prefiero contratar mi propio abogado que dejarlo en manos del del seguro.
Gracias por tus explicaciones, con ellas seguro que vamos aprendiendo todos.
Bien, esa era mi intención. Lo que yo pueda opinar personalmente no tiene porqué coincidir con el funcionamiento de las indemnizaciones en este tipo de siniestros. Con ello quiero decir que también pyedo sentirme "decepcionado".
Te recomiendo que más que un seguro contratesunl seguro con un profesional de contrastada experiencia. El precio es importante pero lo anteponemos a otras premisas que, en caso de necesidad, pueden marcar la diferencia en el grado de decepción.
Ante la disyuntiva, en un caso que deba dirimirse judicialwmente, de si hacer uso o no de los letrados de tu propia aseguradora, deja que te diga que estás en tu derecho de escoger un letrado de tu confianza y así lo recogen las condiciones generales de las pólizas de seguros de vehículos a motor. De hecho, si escoges uno de libre elección, tu aseguradora debería afrontar con el cargo de la minuta de honorarios de éste en el caso de que judicialmente te dieran la razón en tu reclamación. La minuta debería estar dentro de los paránetros establecidos por el Colegio Provincial de Abogados.
De nuevo te vuelvo a recomendar que te busques un profesional con experiencia contrastada que te pueda asesorar convenientemente en caso de necesidad.
Para lo que necesites puedes contar conmigo.

